Artículo 109. De la obligatoriedad.Todos los usuarios de la vía están obligados a obedecer las señales de tránsito de acuerdo con lo previsto en el artículo 5°, LEY 769 DE 2002
PREVENTIVAS: Tienen la forma de un cuadrado con una de las diagonales en sentido vertical, su fondo es amarillo, símbolo negro y orla negra
REGLAMENTARIAS: Por lo general su forma es circular, su orla en color rojo, fondo blanco y símbolo negro; una línea oblicua en rojo señala prohibición
INFORMATIVAS: Tienen la forma de un rectángulo, su fondo es blanco, símbolo negro y orla azul.
PARE Y SIGA. DOBLE A LA DERECHA. CEDA EL PASO. CURVA A LA DERECHA Y A LA IZQUIERDA. OBRAS EN LA VÍA. DESCENSO PELIGROSO. TALLER. HOSPITAL........ Son muchas de las señales de tránsito que vemos todos los días en las calles y carreteras de nuestro país y que tienen como finalidad prevenir la existencia de un peligro y de su naturaleza. Además reglamentan las restricciones y prohibiciones del uso de las vías públicas y privadas, nos informan de las facilidades que podemos encontrar en una vía y lo que debemos saber de un nuevo destino que visitamos.
Las señales de tránsito son indispensables para la convivencia en la vía pública. Independientemente de que hay que estudiarlas para rendir el examen de manejo, conocerlas es un deber que tiene cada ciudadano.
Si todos conociéramos las señales viales los accidentes de tránsito disminuirían notablemente y se salvarían miles de vidas al año.
LO QUE PUEDE OCURRIR SI NO RESPETAS LAS SEÑALES DE TRANSITO
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